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plan odontológico
Introducción
Marco Legal
Definiciones
Vías para manifestar un reclamo
Tiempos para manifestar un reclamo
Quiénes pueden presentar un reclamo
Contenido del reclamo
Tiempos de respuesta para el reclamo
Proceso interno de trámite de colsanitas
Perú EPS
Si no estás conforme con la respuesta del
reclamo
Costos del trámite
Puntos de atención
Flujograma del proceso
  Introducción
 


Colsanitas Perú, a través del área de Defensoría del Usuario, recepciona las comunicaciones presentadas por los usuarios de nuestros servicios, las cuales pueden ser reclamos, sugerencias, dudas, reconocimientos o felicitaciones, para que sean atendidas oportunamente por las áreas involucradas, realizando el seguimiento y control de la calidad de las respuestas emitidas.

Todas tus comunicaciones nos permiten mejorar nuestro servicio.

  Definiciones
 


La normatividad establece las siguientes definiciones:

1. Usuarios: personas naturales que en su condición de afiliados regulares, afiliados potestativos o derechohabientes de las EPS o afiliados al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, son beneficiarios de los servicios de salud y otras prestaciones brindadas por las entidades vinculadas a los Planes de Salud de las EPS.

2. Reclamo: manifestación verbal o escrita por la cual un usuario se dirige a la IAFAS o IPRESS proveedora del producto o servicio, ante el incumplimiento, irregularidad o deficiencia en su prestación de acuerdo con lo estipulado en el plan de salud, convenio o contrato suscrito, así como los hechos que importen vulneración a las garantías explicitas en Salud, establecidas en el marco del AUS, a fin de buscar una solución directa con el proveedor mediante la adopción de medidas correctivas que permitan la subsanación o el resarcimiento del daño que se hubiere causado, en los casos que corresponda.

3. Queja Tuitiva: manifestación verbal o escrita por la cual el usuario se dirige a la SUNSA en instancia de queja, con la finalidad que se evalúe el proceso de producción de servicios de salud y de corresponder, se imponga las medidas correctivas a las IAFAS o IPRESS, sin perjuicio de dar origen a la apertura de un procedimiento sancionador, en los casos de identificarse comportamientos que tengan repercusión e intereses de terceros.

4. Investigación Sumaria: conjunto de diligencias y actividades que realiza la IAFAS y/o IPRESS, según corresponda, en los plazos señalados en su Reglamento, Manual o formato de Atención de Reclamos para conocer con mayor detalle los hechos materia de un reclamo. Esta incluirá la auditoría del caso cuando se relacione a la calidad de la atención de salud, de acuerdo al Anexo 1.

  Vías para manifestar un reclamo
 


Puedes darnos a conocer tus inconformidades a través de las siguientes vías de comunicación:

1. Página web Colsanitas Perú EPS, a través del link de la Defensoría del Usuario, por este medio, podrás enviar tus comunicaciones, diligenciando un formulario con la información requerida para el trámite ágil de tu reclamo.

2. Fonosanitas, línea de atención nacional a través de la opción Defensoría del Usuario, en la que uno de nuestros asesores te atenderá y solicitará la información requerida para el trámite de tu reclamo.

3. Buzones de reclamos y sugerencias disponibles en las oficinas de Colsanitas Perú. En ellos encontrarás un formato para su diligenciamiento que te orienta frente a la información requerida para que el trámite sea más ágil.

4. Personal de atención de usuarios en las oficinas de Colsanitas Perú EPS, en caso no desees utilizar alguna de las vías anteriores, nuestros asesores tomarán nota de tu reclamo y procederán a tramitarlo ante la Defensoría para iniciar la gestión del mismo.  

Al presentar tu reclamo, te informaremos el número para su seguimiento, así podrás consultar a través de Fonosanitas después de un día útil de presentado el reclamo.

  Marco Legal
 


El presente reglamento se basa en la Resolución 032 – 2010-SUNASA/S en la cual se establece la adecuada atención al usuario y el trámite oportuno de los reclamos relacionados con la calidad en la prestación de los servicios de salud.

  Tiempos para manifestar un reclamo
 


Nuestros usuarios pueden presentar su reclamo a Colsanitas Perú dentro de los treinta (30) días calendario de ocurrido o conocido el hecho que origina el reclamo. Vencido dicho plazo, la presentación del reclamo se debe efectuar directamente al Centro de Conciliación y Arbitraje de la SEPS en forma escrita o a través de su página Web: www.sunasa.gob.pe

  Contenido del reclamo
 


Al momento de presentar tu reclamo, nuestros asesores de atención (personal o telefónica) te orientarán con respecto a la información requerida, igualmente el formato de reclamos disponible en los puntos de atención solicita dicha información. Si decides presentar tu reclamo ten en cuenta informarnos:

  • Nombres y apellidos del usuario reclamante.
  • Nombre o Razón Social del agraviado.
  • RUC ó DNI.
  • Dirección.
  • Teléfono.
  • Correo electrónico.
  • Fecha de la ocurrencia que origina el reclamo.
  • Nombre del proveedor del servicio.
  • Nombre del médico tratante y especialidad o nombre de la persona que te brindó la atención, según el caso.
  • Detalle del reclamo y monto (sí lo hubiera).
  Quiénes pueden presentar un reclamo
 


Todo asegurado y/o dependiente a nuestro Plan de Salud Integral, Plan Odontológico y SCTR.

  Proceso interno de trámite
    de colsanitas Perú EPS
 


Una vez que presentas tu reclamo Colsanitas Perú procede a:

1. Recibir y revisar el reclamo.

2. Asignar el número correlativo del reclamo y notificar al usuario de la recepción del reclamo.

3. Clasificar el reclamo de acuerdo a la denominación, detalle y tipo establecidos en el reglamento.

4. Solicitar la información requerida en caso que ésta no esté completa. Colsanitas Perú EPS no puede rechazar un reclamo por no estar acompañado de las pruebas y peritajes técnicos que lo sustenten.

5. Asignar el reclamo al área interna responsable del trámite.

6. Realizar la investigación sumaria en los reclamos de solución mediata y aquellos inmediatos que lo ameriten.

7. En los casos que lo ameriten, Colsanitas Perú EPS podrá nombrar peritos, de oficio o a pedido del usuario. La asignación de peritos  procede cuando la apreciación de los hechos requiere de conocimientos especiales. Los honorarios de los peritos serán asumidos por Colsanitas Perú EPS.

8. En los casos que lo ameriten, citar a audiencia de ratificación al reclamante en la cual podrán asistir testigos o peritos. De dicha audiencia se genera acta.

9. Generar y entregar respuesta al usuario, en los plazos establecidos y referidos previamente.

  Tiempos de respuesta para el reclamo
 


De acuerdo con la normatividad vigente y a la causa de tu reclamo, éste será clasificado en:

1. Reclamos de solución inmediata: están definidos por la Ley e igualmente se incluyen todos aquellos supuestos cuya urgencia requiere una atención inmediata destinada a evitar riesgos en la salud de los afiliados o sus derechohabientes y aquellos supuestos relacionados al acceso de éstos a algún servicio de salud. El plazo máximo de respuesta es de cinco (5) días útiles, prorrogables por otros cinco (5) días útiles más en los casos que lo amerite a criterio de Colsanitas Perú.

2. Reclamos de solución mediata: están definidos por la Ley e igualmente se incluyen todos aquellos supuestos cuya solución amerita una investigación por un plazo mayor a cinco (5) días útiles, en razón a su complejidad. El plazo máximo de respuesta es de treinta (30) días útiles, prorrogables por un período adicional máximo de cinco (05) días útiles a criterio de Colsanitas Perú.

  Costos del trámite
 


Todos los trámites relacionados con los reclamos de los usuarios ante Colsanitas Perú EPS, así como las quejas ante la SEPS son gratuitos.

  Puntos de atención
 
  • Sede principal: Av. José Pardo 899 Miraflores – Lima.
  • Víctor Andrés Belaúnde 276 San Isidro - Lima.

  Flujograma del proceso de atención de reclamos
 



  Si no estás conforme con
    la respuesta del reclamo
 


Una vez que recibas por medio escrito la respuesta a tu reclamo no constituye un peritaje médico legal. De no estar de acuerdo, en todo o en parte, con el resultado del Informe, puede recurrir, en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de su notificación, en instancia de queja a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud a fin que tome conocimiento de los hechos y disponga las investigaciones y/o medidas correctivas aplicables a las IAFAS o IPRESS cuando corresponda. Esta instancia dará por agotada la vía administrativa, sin perjuicio del derecho que asiste al usuario de resolver sus controversias por intermedio de los medios alternativos de solución que brinda el Centro de Conciliación y Arbitraje de la SUNASA.



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